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  1. Library Resource
    Legislation
    November, 1992
    Mexico

    La presente Ley rige el desarrollo, el uso y la protección de los recursos de aguas de la Nación, así como su administración; confirma y refuerza la función de la Comisión Nacional del Agua como principal organismo de vigilancia y desarrollo de los recursos hídricos de la Nación y establece los Consejos de Cuenca, que son instancias de coordinación y concertación entre todas las distintas dependencias públicas interesadas, incluidos los usuarios de aguas. Se considera la programación hidráulica nacional como una función fundamental del Gobierno Federal.

  2. Library Resource
    Regulations
    November, 2012
    Mexico

    Las presentes disposiciones reglamentan la Ley Agraria, con especial atención a los procedimientos y lineamientos aplicables para el ordenamiento de la propiedad rural, así como para la expropiación de terrenos ejidales y comunales. El Reglamento fija el procedimiento para la investigación y enajenación de los excedentes de la propiedad rural.

    Implementa: Ley Agraria, 1992. (2017-02-02)
    Revoca: Reglamento de la Ley Agraria en materia de ordenamiento de la propiedad rural. (1996-01-03)

  3. Library Resource
    Legislation
    November, 2016
    Mexico

    En virtud de este Decreto se reforma el primer párrafo del artículo 166 de la Ley Agraria. Queda establecido que los tribunales agrarios proveerán las diligencias precautorias necesarias para proteger a los interesados. Asimismo, podrán acordar la suspensión del acto de autoridad en materia agraria que pudiere afectarlos en tanto se resuelve en definitiva.

    Enmienda: Ley Agraria, 1992. (2017-02-02)

  4. Library Resource
    Legislation
    November, 2016
    Mexico

    Este Decreto adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Agraria, el cual se refiere a las candidaturas a puestos de elección que integran el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia. Se establece además que para las comisiones y secretarios auxiliares con que cuenta el comisariado ejidal, se procurará la integración de las mujeres.

    Enmienda: Ley Agraria, 1992. (2017-02-02)

  5. Library Resource
    Legislation
    November, 2016
    Mexico

    El presente Decreto modifica el inciso b del artículo 80 de la Ley Agraria, relativo a la enajenación de derechos parcelarios por parte de los ejidatarios a otros ejidatarios avecindados del mismo núcleo de población.

    Enmienda: Ley Agraria, 1992. (2017-02-02)

  6. Library Resource
    Legislation
    November, 2016
    Mexico

    El presente Decreto modifica el artículo 115 de la Ley Agraria. La disposición, tal como modificada, establece que en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los latifundios. Se consideran latifundios a las superficies de tierras agrícolas, ganaderas o forestales que, siendo propiedad de un solo individuo, excedan los límites de la pequeña propiedad.

    Enmienda: Ley Agraria, 1992. (2017-02-02)

  7. Library Resource
    Journal Articles & Books
    December, 2010
    Honduras, United States of America, Kenya, Mali, United Kingdom, Ghana, Papua New Guinea, Ethiopia, Colombia, Mozambique, Japan, South Africa, Mexico, Malaysia, Malawi, Madagascar, Italy, Netherlands, Argentina, India, Vietnam, Brazil

    Recent years have witnessed a renewed interest in agricultural investment. In many cases, this new momentum has translated into large-scale acquisitions of farmland in lower- and middle-income countries. Partly as a result of sustained media attention, these acquisitions have triggered lively if polarised debates about “land grabbing”. Less attention has been paid, however, to alternative ways of structuring agricultural investments that do not involve large-scale land acquisitions.

  8. Library Resource
    Legislation
    Mexico, Americas, Central America

    La presente Ley declara de utilidad pública el cultivo de las tierras de labor, que no lo sean por sus dueños, poseedores o encargados. Se entiende por tierras ociosas: a) aquellas que habiendo sido cultivadas regularmente en años anteriores, no hayan sido preparadas para las fechas señaladas en esta Ley; b) las que fueren denunciadas como susceptibles de ser abiertas al cultivo, exceptuándose las de agostadero que estén en servicio, las ocupadas con huertas y las de bosques cuyos árboles deban conservarse.

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