Resource information
El presente Decreto Supremo, que consta de 5 artículos, establece que el Ministerio de Agricultura a través del Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural (PETT) proseguirá con el trámite de los expedientes sobre denuncio de tierras eriazas con arreglo a la legislación anterior a la Ley Nº 26.505 de 1995, únicamente de los que a la fecha de publicación de esa Ley reúnen, como requisito mínimo, estudios de preinversión presentados en el caso de los expedientes de adjudicación para fines de irrigación y/o drenaje o de proyecto de factibilidad técnico-económico en los expedientes para otros usos agrarios (art. 1º). En caso contrario se declarará la caducidad del procedimiento (art. 4º).
Implementa: Ley Nº 26505 - Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas. (1995-07-17)