La presente Ley, que consta de 9 artículos, modifica La Ley Nº 5.879 de 1979, sobre Reforma Agraria, en lo relativo a la distribución de parcelas y selección de candidatos y candidatas, poniendo una mayor atención al tema de las unidades familiares que, según el párrafo único del artículo 14 modificado, se define como la unidad formada por el cónyuge la cónyuge, el conviviente, la conviviente o uno de ellos, y los hijos procreados por ambos, que se dediquen con el padre y la madre, o uno de ellos, a operar la parcela; y disponiendo que para todos los fines legales, la unidad familiar estará