Ley Nº 9373 - Protección a los ocupantes de zonas clasificadas como especiales.
La presente Ley de Protección a los ocupantes de zonas clasificadas como especiales, establece que por el plazo de veinticuatro meses se suspenderá el desalojo de personas, demolición de obras, actividades y proyectos en la zona marítima terrestre, zona fronteriza y patrimonio natural del Estado, salvo aquellas que sean ordenadas mediante resolución judicial o administrativa en firme, fundamentándose en la comisión de daño ambiental o cuando exista peligro o amenaza de daño al medio ambiente.